Se exceptúan de las inspecciones periódicas indicadas en las letras a) y b) anteriores a los establecimientos industriales cuya densidad de carga de fuego ponderada y corregida (Qs), calculada según el anexo I del Reglamento admitido por el presente Existente decreto, no supere 42 MJ/m2, siempre que su superficie construida sea inferior o igual… Read More


Igualmente, aquellos establecimientos industriales que a la data de entrada en vigor del presente real decreto tengan solicitada la licencia municipal de obras para su construcción, ampliación, modificación, reforma o rehabilitación, o aceptablemente, solicitud de aprobación de soluciones de seguridad equivalente conforme al Reglamento de segu… Read More